Impuestos > Resolución General Nº 2/08 - 16/10/08

                                         RESOLUCION GENERAL Nº 2/08

POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO UNICO DE APERTURA DE EMPRESAS, Nº 1 UNIPERSONAL Y EMPRESAS INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y Nº 2 PERSONA JURIDICA A SER UTILIZADOS EN EL SISTEMA UNIFICADO DE APERTURA DE EMPRESAS (SUAE).

                                                                                                         Asunción, 16 de octubre de 2008

VISTO: El articulo Nº 186 de la Ley 125/91, la Resolución Nº 1551/06, las cláusulas segunda y séptima del Convenio de Cooperación Interinstitucional para apoyar el funcionamiento y brindar sostenibilidad al Sistema Unificado de Apertura de Empresas (SUAE) entre el Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Justicia y Trabajo, Ministerio del Interior, Instituto de Previsión Social la Corte Suprema de Justicia, la Municipalidad de Asunción, y el Consejo Presidencial de Modernización de la Administración Pública; y,

CONSIDERANDO:
Que, la modernización de los sistemas y optimización de procedimientos en que sigue  abocada la Administración Tributaria ha dado lugar a la unificación de los formularios del RUC y los utilizados por otras partes integrantes del Convenio de Cooperación Interinstitucional, siendo menester aprobarlos para su uso a partir de la vigencia de la presente Resolución.

Que, resulta necesario facilitar y agilizar el proceso de formalización y legalización de empresas nacionales o extranjeras a través de un sistema único de ingreso y registro de información.

Que, ante tal situación, amerita dictar los actos administrativos para mejorar la gestión y brindar sostenibilidad al Sistema de apertura de Empresas (SUAE).

Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido favorablemente en los términos del dictamen D.P.T.T./C.T./D.T.T. Nº 2272 de fecha 16 de octubre de 2008.

POR TANTO,

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACION

RESUELVE:

Art. 1º.-          Apruébese el Formulario de Apertura de Empresas, Nº 1 Unipersonal y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada y Nº 2 Persona Jurídica, cuyo modelo esta anexo a la presente Resolución, formando parte de la misma en lo que respecta a las informaciones requeridas por la Administración Tributaria para la generación del identificador RUC.

Art. 2º.-          El Formulario Único de Apertura de Empresas, Nº 1 y Nº 2, serán de uso exclusivo para las solicitudes ingresadas y gestionadas a través del Sistema Unificado de Apertura de Empresas (SUAE).

Art. 3º.-          La utilización del Formulario Único de Apertura de Empresas, no exime a los interesados de la presentación de los demás requisitos establecidos para la inscripción como contribuyentes, conforme a las normas vigentes, los cuales deberán ser anexados al formulario mencionado en el articulo precedente, según el caso.

Art. 4º.-          Publíquese, comuníquese a quines corresponda y cumplido archívese. 

GERONIMO BELLASSAI BAUDO
VICEMINISTRO DE TRIBUTACION

VER FORMULARIO 1 APERTURA DE EMPRESA UNIPERSONAL Y EIRL

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